
Contraloría Social PRODEP
Conforme a lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Social, la Contraloría Social constituye una práctica de transparencia, de rendición de cuentas y se convierte en un mecanismo para los beneficiarios, para que de manera organizada verifiquen el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a diferentes Programas Federales.
Documentos
Programa Anual de trabajo de la Contraloría Social (PATCS)
Programa Institucional de Trabajo de Contraloría Social (PITCS)
Formatos
Minuta de Reunión
Lista de Asistencia
Acta de Registro del Comité de Contraloría Social
Acta de Sustitución de un Integrante del Comité
Solicitud de Información
Informe del comité de Contraloría social
Cédula de Quejas y Denuncias
Manuales
Manual de Usuario del Sistema Informático de Contraloría Social (SICS) para Instancias Ejecutoras
Marco Normativo
Ley General de Desarrollo Social
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social
Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social
Reglas de operación
Difusión
Tríptico de Contraloría Social de la Instancia Normativa
Tríptico de Contraloría Social de la Instancia Ejecutora
Material de difusión de la Instancia Normativa
Material de difusión de la Instancia Ejecutora
Capacitación
Presentación de la Instancia Normativa
Presentación de la Instancia Ejecutora
Quejas y Denuncias
Atención Ciudadana de la Secretaría de la Función Pública (SFP)
quejasydenuncias@upapnl.edu.mx
contraloriasocial@upapnl.edu.mx
Atención de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas (CGUTyP)
Informe
Informe de Contraloría Social
Directorio
Instancia Normativa
Instancia Ejecutora
Responsables de la Contraloría Social en el órgano Estatal de Control
Anexo
Enlace de la Contraloría Social del PRODEP
Nombre: Karen Juarez
Teléfonos: (81) 4000-4200 Ext. 4240
Correo electrónico: karen.juarez@upapnl.edu.mx
"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado con la ley aplicable y ante la autoridad competente".





